Aspectos
generales de la estructura de la administración pública
La Administración Pública Chilena está constituida por
los ministerios, las intendencias, las gobernaciones y los servicios públicos
creados para el cumplimiento de la función administrativa, cuya organización
básica se rige por el Título II de la Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado Nº 18.575, de 1986.
Los servicios públicos son órganos administrativos
encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continúa.
Los servicios públicos centralizados o descentralizados que se crean para
desarrollar su actividad en todo o parte de una región, están sometidos, en su
caso, a la dependencia o supervigilancia del respectivo Intendente, sin
perjuicio de la sujeción que deben tener respecto al Ministerio
correspondiente, según se señalara anteriormente.
A los jefes de servicios les corresponde dirigir,
organizar y administrar el correspondiente servicio, controlarlo y velar por el
cumplimiento de sus objetivos, responder por su gestión y desempeñar las demás
funciones que les asigne la ley.
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